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Fotografía y Derecho de Autor – Parte I

En este post vamos a revisar tres elementos fundamentales para el derecho de propiedad intelectual y su relación con la fotografía.

  1. Derecho de Autor
  2. Marcas
  3. Derecho de Imagen
  1. Derecho de Autor

En Colombia, la Ley 23 de 1982 establece los derechos sobre las fotografías.

Derecho de autor es una forma de protección legal que le da a los autores de una obra el derecho exclusivo de mostrar, reproducir, distribuir y beneficiarse económicamente de la obra que crean. Los autores de obras artísticas pueden proporcionar permiso a otros para hacer lo mismo – y pueden optar por hacerlo -. “Licencias”, que es la premisa fundamental que subyace el derecho de autor se encuentra en las leyes de la mayoría de los países y es respetado a nivel internacional a través de numerosas convenciones. Las ideas no están protegidos por derechos de autor. Sin embargo, las expresiones de las ideas de los autores son protegidos. Si una persona no autorizada copia elementos originales de fotografías o diseños de otras personas, y si esos elementos son “sustancialmente similar” a la obra original, esa persona puede ser considerada responsable de la infracción de derechos de autor

Cuáles son sus derechos en Colombia?

Artículo 2. Los derechos de autor recaen sobre las obras científicas, literarias y artísticas en las cuales se comprenden todas las creaciones del espíritu en el campo científico, literario y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión y cualquiera que sea su destinación, tales como: (…) las obras fotográficas (…).

Artículo 89. El autor de una obra fotográfica, que tenga mérito artístico para ser protegida por la presente Ley, tiene derecho a reproducirla, distribuirla, exponerla y ponerla en venta, respetando las limitaciones de los artículos anteriores y sin perjuicio de los derechos de autor, cuando se trate de fotografías de otras obras de las artes figurativas. Toda copia o reproducción de la fotografía llevará impresos de modo visible el nombre de su autor, y el año de su realización.

Que está permitido fotografiar sin autorización?

Artículo 39. Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos, fotografías o películas cinematográficas, las obras que estén colocadas de modo permanente en vías públicas, calles o plazas, y distribuir y comunicar públicamente dichas reproducciones u obras. En lo que se refiere a las obras de arquitectura esta disposición solo es aplicable a su aspecto exterior.

Artículo 90. La publicación de las fotografías o películas cinematográficas de operaciones quirúrgicas y otras fijaciones de carácter científico serán autorizadas por el paciente o sus herederos o por el cirujano o Jefe del equipo médico correspondiente.

No se pueden tomar fotografías de obras de 3eras empresas o personas, salvo que sea para fines periodisticos, cientificos o académicos.

Opera de la misma forma en Internet. Ver el caso de Shutterphoto, en donde le requieren al fotografo la autoria de la obra asi como las respectivas autorizaciones de modelos y terceros, a fin de evitar casos judiciales.

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